Al margen de la ley, funerarias de Tijuana trasladan y creman cadáveres en San Diego

Al margen de la ley, funerarias de Tijuana trasladan y creman cadáveres en San Diego

Eduardo Jaramillo Castro / El Sol de Tijuana


23 de noviembre de 2024 (17:33 hrs).- Aprovechando la vulnerabilidad de familiares, funerarias de Tijuana están trasladando cadáveres a San Diego, California, para evadir la ley que prohíbe en México cremar a las víctimas de homicidio.

Las autoridades de Baja California desconocen lo que está ocurriendo porque no hay denuncias, pero autorizan la salida de los cuerpos del estado. 

La prohibición entró en vigor hace ocho años para poder exhumar cuerpos si es necesaria una segunda necropsia durante procesos judiciales en marcha.

Pero en la práctica, la ambigua redacción en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), no siempre ayuda a las investigaciones y sí perjudica a familias como la de Maribel Hernández.

Ella perdió a su madre en un homicidio culposo. Fue atropellada en la calle Dos del fraccionamiento Villa Fontana la noche del 23 de septiembre de este mismo año.

“Te obligan (a enterrarla) por si necesitan exhumar el cuerpo para más investigaciones. ¿Qué más podrían investigar si mi madre falleció atropellada por una persona alcoholizada que iba en exceso de velocidad?”, pregunta.

Ahora, junto a su trágica pérdida, tiene una deuda de 100 mil pesos que pagó por el espacio en el panteón y los servicios funerarios, además de la frustración por no poder cumplir la voluntad de su madre.

Si Maribel la hubiera cremado habría gastado alrededor de 19 mil pesos, un costo promedio en Tijuana que incluye urna para las cenizas.

“Siente uno que se adueñan de tu ser querido, sin ser responsables de los gastos fúnebres, así las cosas en la Fiscalía”, aseveró en una conversación vía mensaje de texto.

 

Miguel Ángel Gaxiola Rodríguez, fiscal especializado en delitos contra la vida, reconoce que tal como está la prohibición en el CNPP, a veces es poco útil.

“Un cuerpo en meses ya puede contar con una destrucción como tal. Ya no cuenta con tejido y muchas cosas. Al paso de los meses ya no es factible hacer una segunda necropsia”, explica.

 

En la Fiscalía General del Estado de Baja California (FGE), cuentan apenas una exhumación y fue este mismo año.

Ordenaron exhumar a Michelle Montero Zurita, quien perdió la vida el pasado 2 de septiembre durante un exámen médico practicado en el Hospital General de Tijuana.

El IMSS Bienestar aseguró en comunicado de prensa que Michelle fue atendida conforme a los protocolos y por personal certificado, pero murió por complicaciones propias de su padecimiento.

El viudo, en cambio, acusa negligencia médica y desde el inicio pidió una segunda necropsia que ya fue realizada.

“Solo estoy esperando que me diga la fiscalía el resultado”, confirmó Isaías Ocampo.

Por eso en una muerte no natural, conservar un cuerpo puede hacer la diferencia lo mismo para la persona acusada que para la familia de la víctima, porque ambas partes pueden obtener nuevas pruebas. Pero no todos los expedientes son iguales.

 

HOMICIDIOS DOLOSOS

La prohibición de cremar los cuerpos de personas que no mueren por causas naturales llegó con el nuevo sistema de justicia penal y los juicios orales en 2016.

La interpretación del artículo 271 del CNPP implica que las víctimas de homicidio doloso o culposo deben ser inhumadas.

Cuando entró en vigor, Tijuana no tenía más de mil homicidios dolosos anuales, pero desde 2018 rebasó la línea de las dos mil víctimas por año y anualmente ha habido un promedio de 200 homicidios culposos.

 

Sin embargo, contrario a lo que podría pensarse, el fiscal Gaxiola Rodríguez dice que las solicitudes para autorizar las cremaciones eran frecuentes cuando entró en vigor la reforma, pero eso ha cambiado con el tiempo.

“Ya están acostumbrados o de alguna manera ya está el marco muy establecido ante las funerarias. Las mismas funerarias les establecen que por este hecho (muerte no natural) ya no les van a poder hacer la cremación”, comentó.

El fiscal de delitos contra la vida desconocía la existencia de traslados a Estados Unidos para burlar la prohibición en México porque no tiene denuncias.

 

Y parece difícil que vaya a ocurrir algún día porque el acuerdo queda solo entre las funerarias, los deudos y los colaboradores no oficiales de las funerarias que ofrecen el servicio en los alrededores de Semefo.

“Evidentemente nadie lo va a querer denunciar tampoco, porque al final de cuentas es alguien que está recibiendo ese acto”, apuntó el fiscal Gaxiola Rodríguez.

Denunciar y castigar a las familias que solo quieren cremar a sus muertos tampoco parece la solución.

Incluso el abogado Fidel Hernández Aguirre, miembro del Observatorio Mexicano de Estrategias de Litigación Penal A.C., confirma que el CNPP ni siquiera contempla una sanción.

“No tiene una consecuencia su violación”, comentó el también profesor de criminalística.

Ese vacío legal es igual para las funerarias, confirmaron personas del ramo que accedieron a hablar del tema con la condición de no ser identificadas y conocen bien la práctica.

La falta de castigo no es la única ambigüedad en el CNPP para que la prohibición sea verdaderamente útil.

También están los homicidios dolosos en los que sencillamente no hay avances en la investigación ni personas detenidas.

Elizabeth Domínguez, así se identificó, lleva cinco años tratando de cremar a su esposo.

“Era la voluntad de él antes de morir. Me lo externó, me lo pidió”, comentó.

Él fue asesinado en otro estado, lo trasladaron a Tijuana y en ambas fiscalías le advirtieron que debía inhumarlo.

“Ya no quiero que esté en el panteón, me lo quiero llevar a mi casa”, recalca Elizabeth y califica de absurda la prohibición.

“Es un protocolo de ellos, pero realmente no veo la necesidad que sea así, que al familiar no le den la opción de incinerar cuando simplemente sabemos que hay casos en todo el país que la mayoría no están resueltos”, añadió.

Las estadísticas le dan la razón en el estudio Percepciones de Impunidad 2024, donde la asociación civil Impunidad Cero dice que desde la implementación del nuevo sistema de justicia penal sólo han sido esclarecidos siete de cada 100 homicidios dolosos en el país.

La Fiscalía del estado donde ocurrió el crimen le dijo que la investigación llevaría aproximadamente cinco años y entonces podría regresar a pedir la exhumación de su esposo, pero no es tan sencillo.

Miguel Ángel Gaxiola Rodríguez confirmó que desafortunadamente el CNPP tampoco establece un tiempo específico para permitir la cremación.

Considera que en los homicidios dolosos un parámetro puede ser cuando los responsables tengan una sentencia firme.

Pero un juicio puede llevar años entre apelaciones y un cadáver no se conserva durante tanto tiempo, reitera el fiscal de homicidios.

Los cinco años que le pidieron esperar a Elizabeth se cumplieron en agosto de este año y ella sigue tratando de cremar a su esposo.

 

LOS TRASLADOS

El traslado lo ofrecen colaboradores informales de funerarias que esperan a los deudos cuando salen del Servicio Médico Forense (Semefo), y el trámite lo realizan funerarias locales.

Después las familias cruzan la frontera para recoger las cenizas y trasladarlas de regreso a México sin mayor problema.

Se trata de un simple procedimiento administrativo, explicó el presidente de la Asociación de Agentes Aduanales de Tijuana y Tecate, Aram Hodoyán Navarro.

 

“Es por medio de tratados internacionales y binacionales, no pasan por las aduanas. Como no hay transacción, no hay comprador. Nada más es una prestación de servicios”, apuntó.

Por supuesto, tampoco es necesario que la persona fallecida cuente con documentación legal en aquel país, porque “ya no roba trabajos, ya no cobra seguridad social”, agregó.

De acuerdo con funerarias de Tijuana, algunas solo preparan los cuerpos y los dejan a disposición de las funerarias californianas para que ellas crucen los restos al norte de la frontera y los cremen; otras ofrecen la preparación y el traslado.

 

Dos personas que contrataron el servicio completo dijeron haber pagado dos mil 500 dólares, que al tipo de cambio actual son aproximadamente 50 mil pesos, y cubierto la totalidad en la funeraria de Estados Unidos donde se encargaron de la cremación.

El Sol de Tijuana contactó en calidad de cliente a dos funerarias de San Diego y preguntó si es posible cremar allá un cuerpo que según la ley mexicana debe ser inhumado.

La persona que tomó la llamada respondió que de este lado de la frontera tienen a una persona capaz de resolver esas dudas.

“Él es el experto en Tijuana, cuando usted le dé la información, lo va a poder guiar qué se necesita y qué es lo que se va hacer”, dijo el encargado.

La autoridad responsable de autorizar el traslado de cuerpos a otros estados o fuera del país, es la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), pero ni ella ni nadie más vigila el destino de los restos.

Tan solo entre enero y octubre de este año, la Coepris autorizó desde la jurisdicción Tijuana-Tecate-Rosarito, 166 traslados a Estados Unidos y 897 al resto de México.

 

UNA REFORMA

En opinión del profesor de criminalística, Fidel Hernández, hay maneras de evitar que las familias se expongan a violar la ley y una es el “acuerdo probatorio” en el juicio.

Esto significa que fiscalía y defensa, ante el juez, acuerdan la validez de una prueba y que ésta no volverá a ponerse en duda.

“La Fiscalía puede autorizar la cremación de la persona porque ya no hay necesidad de ir más allá de cuál fue la causa de la muerte, porque hay una nada más. Dice que se trata de una causa de muerte natural o no”, señala.

Así hay un debido proceso judicial, al mismo tiempo que son respetadas las garantías de la persona imputada y el derecho de la familia a conocer la verdad de lo sucedido, explica.

Además, y en esto coincide el fiscal Gaxiola Rodríguez, el artículo 271 del CNPP necesita una reforma.

Mientras eso no ocurra, las familias seguirán siendo revictimizadas en su intento de cumplir el último deseo de sus seres queridos o de reducir los gastos funerarios ante una muerte imprevista.

 

En el menor de los casos desembolsan decenas de miles de pesos por un entierro obligado, y en el peor, acaban en manos de funerarias que los llevan a violar la ley.

“Sí hace falta una reforma o adicionar ese artículo del código para darle más facultades tanto a la Fiscalía como al juez para que no sea necesaria una interpretación”, subrayó Fidel Hernández.

 

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