La Suprema Corte de Justicia de la Nación estrenó la reforma a la Ley de Amparo con un golpe directo a una de las tácticas favoritas de los grandes litigantes: las recusaciones en cadena para frenar los juicios.
Con siete votos a favor y uno en contra, el pleno aplicó por primera vez el nuevo artículo 59 y declaró sin materia una contradicción de criterios entre las extintas primera y segunda salas.
En términos llanos, el máximo tribunal determinó que los ministros no podrán ser apartados de un caso por asuntos “accesorios” o de trámite, como recusaciones repetidas o maniobras que solo buscan retrasar el fondo del juicio.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, encargada del proyecto, fue clara:
“Las recusaciones únicamente pueden plantearse para que ministras y ministros, así como magistradas y magistrados, se abstengan de conocer el fondo del asunto. Dentro del trámite y resolución de un impedimento no podría plantearse una nueva recusación, porque se trata de un procedimiento accesorio”.
La nueva Suprema Corte en sesión pública
La decisión no es menor. Significa que la Corte pone freno a las tácticas dilatorias que por años usaron despachos de élite y empresas con grandes deudas fiscales. Entre ellas, Grupo Elektra, del empresario Ricardo Salinas Pliego, que en 2024 interpuso múltiples recursos para intentar separar del caso a las ministras Lenia Batres y la propia Yasmín Esquivel.
El origen de todo está en un viejo crédito fiscal de 67 millones de pesos que el SAT reclama a Elektra desde 2012. La empresa promovió un recurso de revisión en amparo directo (3842/2024) y, ante cada revés, lanzó nuevas recusaciones para apartar a quienes conocían del expediente. La reforma recién estrenada impide justo eso: usar los tecnicismos procesales como escudo frente al fisco.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, cerró el debate con una frase que parece dirigida a los litigantes del poder económico:
“Por una parte, se trata de una recusación y, por otra parte, de impedimento, pero ambos plantean la imposibilidad de que ministros o magistrados conozcan de un determinado asunto, que tiene la naturaleza de no ser el debate de fondo (…). Creo que se da la contradicción de criterios y, desde mi perspectiva, se resuelve con lo dispuesto por la nueva Ley de Amparo.”
Así, con esta resolución, la Suprema Corte no solo resolvió una contradicción, sino que marcó el primer precedente bajo el nuevo régimen del amparo: se acabó el juego de los amparos eternos, las recusaciones en cascada y las tácticas para “empantanar” la justicia.
A tres días de su entrada en vigor, la reforma ya mostró su filo. Y si el mensaje no quedó claro, el caso Elektra lo resume todo: la nueva Ley de Amparo llegó para poner orden en los tribunales… aunque a algunos multimillonarios no les guste.