JUEZA RECHAZA TUMBAR VINCULACIÓN A PROCESO CONTRA HERMANA Y SOBRINO DE GENARO GARCÍA LUNA

JUEZA RECHAZA TUMBAR VINCULACIÓN A PROCESO CONTRA HERMANA Y SOBRINO DE GENARO GARCÍA LUNA

31 de Enero de 2024, (08:20 hrs).-Una jueza federal rechazó echar abajo el auto de vinculación a proceso dictado contra Gloria García Luna y Edgar Anuar Rodríguez García, hermana y sobrino, respectivamente, del ex secretario de Seguridad Pública Federal, Genaro García Luna, quienes fueron imputados por la Fiscalía General de la República (FGR) como probables responsables de los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

 Diana Abraján Peña, jueza Segundo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, rechazó conceder la protección de la justicia a los quejosos que impugnaron la vinculación a proceso dictada el pasado 20 de diciembre por un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal adscrito al penal de máxima seguridad del Altiplano.

 La sentencia menciona que, la vinculación a proceso está debidamente fundada y motivada, “pues se estima que, con los datos de prueba aportados, quedaron acreditados los hechos delictivos y la posible participación de los promoventes en los ilícitos que se les imputan”.

 Tanto Gloria García Luna como su hijo fueron señalados por la FGR de supuestamente participar en una red de empresas fachada que servían para que una de ellas ganara licitaciones, principalmente en servicios de seguridad en los que destacan la vigilancia, tecnología y protección a distintos Centros Federales de Readaptación Social (Ceferesos), y que dejaron contratos millonarios y ganancias durante años.

 El dinero y los contratos añadieron los fiscales, recaían una sola empresa, pero que hay por lo menos otras cinco que servían para dispersar recursos.

 Asimismo, las compañías aparentemente diseminaban todo el recurso financiero y en estas acciones presuntamente participaron Gloria y su hijo, quienes tenían la calidad de representantes de empresas y facultades para recibir y distribuir dinero.

 Edgar Anuar fue señalado como representante legal de una de las empresas de seguridad, a la cual llegaban ganancias de otras que ya habían ganado licitaciones de manera directa o a través de concursos irregulares, y donde supuestamente tuvieron que ver servidores públicos.

 Mientras que Gloria García fue señalada por la FGR como representante legal de una empresa ligada García Luna, a quien le fueron detectados 87 movimientos financieros que sumaron 1 millón 447 mil 800.65 pesos. En la sentencia donde se niega el amparo se menciona:

 “De tal manera que, los imputados conocían la ilícitud de esos recursos recibidos en cuentas de su representada, precisamente por tener facultades de administración que necesariamente implica conocer la operación de la empresa que representaban y, desde luego, el origen de los recursos recibidos en sus cuentas bancarias, aunado a que dichos hechos fueron realizados por los agraviados, quienes son familiares del principal director de la organización, sino que, además, está acreditado que las empresas en las cuales son fachada y no se justifican las acciones de transferir y recibir los recursos, mediante alguna actividad comercial”.

La jueza Diana Abraján señaló que es acertado que el juez hubiera estimado que no existía alguna causa de exclusión del delito o de la responsabilidad penal, porque no se observa algún dato de que los quejosos carezcan de capacidad suficiente para comprender, pues de la mecánica de los hechos acreditada, se observa que no actuaron bajo error de tipo o prohibición invencible, ni respondieron a algún peligro actual e inminente, tampoco realizaron el ilícito de forma involuntaria ni motivados por una necesidad actual e inminente.

 

“…como ya se dijo en párrafos precedentes se encuentran acreditados los elementos de los delitos que se les imputa, así como su probable partición en ellos”, detalla la resolución.

 

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